* El texto
adapta la normativa canaria a los preceptos básicos que aprobó el Gobierno de
España en julio mediante Real Decreto-Ley.
El Gobierno de
Canarias solicita al Consejo Económico y Social (CES) informe sobre el
anteproyecto de ley de medidas administrativas y fiscales complementarias a la
Ley 4/2012, de 25 de junio. Se trata de un texto legislativo que introduce
cambios puntuales en el contenido de la ley aprobada en Canarias en el mes de
junio con el objetivo de adaptarlo a la normativa básica que aprobó el Gobierno
de España como Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para
garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, y
que entró en vigor en el mes de julio.
Se trata, por tanto, de un texto que dotará de coherencia jurídica a la normativa vigente, evitando contradicciones entre lo aprobado en Canarias y posteriormente, con carácter básico, en el ámbito estatal. Entre los aspectos que son objeto de esta modificación, se encuentran las retribuciones de los empleados públicos, que como ya se había anunciado, no percibirán en el año 2012 las cantidades correspondientes a la paga extraordinaria de diciembre o la paga adicional de noviembre, según resulte de aplicación.
Respecto a los miembros del Gobierno, altos cargos y personal directivo la reducción en sus retribuciones anuales será del 7,14%, tal y como ya estaba previsto. Estos cambios dejan plenamente sin efecto los preceptos relativos a reducciones de retribuciones establecidos inicialmente en la Ley 4/2012 en Canarias.
El nuevo texto legislativo resuelve también la fórmula que se aplicará a la situación de incapacidad temporal del personal público, de acuerdo con la nueva normativa básica del Estado. La opción establecida es la que mejores condiciones reconoce a los empleados públicos, dentro de los límites impuestos como máximos en el Decreto-Ley del Estado.(Ver noticia)
Se trata, por tanto, de un texto que dotará de coherencia jurídica a la normativa vigente, evitando contradicciones entre lo aprobado en Canarias y posteriormente, con carácter básico, en el ámbito estatal. Entre los aspectos que son objeto de esta modificación, se encuentran las retribuciones de los empleados públicos, que como ya se había anunciado, no percibirán en el año 2012 las cantidades correspondientes a la paga extraordinaria de diciembre o la paga adicional de noviembre, según resulte de aplicación.
Respecto a los miembros del Gobierno, altos cargos y personal directivo la reducción en sus retribuciones anuales será del 7,14%, tal y como ya estaba previsto. Estos cambios dejan plenamente sin efecto los preceptos relativos a reducciones de retribuciones establecidos inicialmente en la Ley 4/2012 en Canarias.
El nuevo texto legislativo resuelve también la fórmula que se aplicará a la situación de incapacidad temporal del personal público, de acuerdo con la nueva normativa básica del Estado. La opción establecida es la que mejores condiciones reconoce a los empleados públicos, dentro de los límites impuestos como máximos en el Decreto-Ley del Estado.(Ver noticia)
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