La decisión del TSJM, contra la que cabe recurso en un plazo de 10 días, se basa en que la medida aprobada por Zapatero no puede aplicarse a las empresas públicas a no ser que se haga con el acuerdo del correspondiente comité de empresa, ya que se deben respetar los convenios colectivos firmados entre las partes.(Ver noticia)
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